Cuesta creer que la competencia entre un almacén de barrio y un mega-supermercado sea con igualdad de armas.
De partida, el mini-market de barrio no realiza cobros a sus proveedores cuando reinaugura su local, o simplemente lo remodela.
Digamos, don Lucho le pone una nueva vitrina a su almacén, ¿le cobra al proveedor por eso? No. Luego, ¿le cobra don Lucho a sus proveedores por la ubicación en la góndola, digamos, para que no esté fondeado el producto? Tampoco.
Sigamos.
Don Lucho tampoco tiene "marcas propias", ubicadas muy cerca -sino al lado- de los productos de sus proveedores. A lo más tiene márcas "chancho", o desconocidas. Y, ciertamente, no imitan el diseño de los productos de los proveedores.
Pasa que los supermercados cobran por todo lo anterior. De muestra, los Términos y Condiciones Generales de Aprovisionamiento de Mercaderías de D&S.
En definitiva, múltiples cobros que se traducen en los APC, o "Acuerdos Particulares Complementarios"
Claro está, el almacén de la esquina no tiene guardias, no tiene estacionamiento, no tiene publicidad en medios, etc. Ni Josefina Correa, pueden pensar algunos.
Ahora bien, el supermercado también tiene precios más bajos, puede argumentar otro.
Mientras uno tiene tarjeta de crédito "no bancaria", el viejo del almacén te fía en un cuaderno.
Esto es un preámbulo a las siguientes afirmaciones hechas hoy en Estrategia por Javier Fuenzalida, a propósito de la posible fusión D&S/Falabella:
- "Es irrelevante que los fusionados representen 10% ó 70% del mercado si en el sector hay libertad de entrada, sustitutos y ausencia de economías de escala importantes, porque si suben los precios aparecerá un nuevo oferente incentivado por la mayor rentabilidad del negocio o porque los consumidores se vuelcan a los sustitutos, o porque cualquiera puede competir, sin importar el tamaño."
- "En el sector minorista chileno se dan precisamente esas características. Los chicos compiten mano a mano con los grandes. Por ejemplo Big John con Jumbo, el autoservicio de la esquina con Lider, la botillería casera con Unimarc, etc. No hay impedimentos, ni naturales ni legales, para que entre un nuevo actor. Más aún, es posible que existan barreras artificiales, creadas por el estado que inhibe el surgimiento de los chicos (Pymes)"
Para rematar alabando la creación de un "campeón nacional":
- "¿Por qué la fusión? Hay grandes empresas chilenas que están sobrepasando el mercado interno, por lo que el aprovechamiento de su know how las obliga a salir al exterior. En el mercado globalizado se requiere de un gran tamaño para competir con sus similares en el extranjero."
Sobre esta discusión, una canción de Chancho en Piedra.
3 comentarios:
Nooooooooooo.
Ufff.
Por mientras, un juego al que te convido.
REFLEXIÓN:
Descuentos por volumen: ¿Discriminación arbitraria o Abuso de posición dominante?
Los supermercados (las cadenas de farmacias, las grandes tiendas, etcétera) venden más barato que los almacenes de pequeño formato. Luego, la demanda se ha trasladado desde éstos a aquellos.
Para vender más barato los supermercados han debido comprar más barato.
Efectivamente, los descuentos por volumen que obtienen de sus proveedores les permiten vender más barato que sus competidores pequeños, sin dejar de marginar.
Entonces puedo decir, con propiedad, que los descuentos por volumen favorecen la concentración económica.
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Si los descuentos por volumen son una decisión de los productores, proveedores de los supermercados, entonces hay discriminación arbitraria por precios.
Si, por el contrario, los imponen los supermercados, entonces hay abuso de posición dominante.
Primera hipótesis: Los productores de bienes, proveedores de los grandes supermercados, discriminan arbitrariamente, por precio, favoreciendo a los grandes y perjudicando a los pequeños.
Los supuestos son los siguientes:
a) El descuento tiene que tener una causa y ésta no puede ser otra que un ahorro.
b) El ahorro es la diferencia resultante de vender un conjunto de unidades a un solo comprador, en vez de a varias cuotas de dicho conjunto a varios compradores.
Conclusión:
Si el descuento (menor valor de cada unidad) no corresponde exactamente al señalado ahorro, queda desprovisto de causa y califica como discriminación arbitraria.
Sin embargo es lógico preguntarse:
¿Qué interés pueden tener los productores en rebajar sus productos más allá del ahorro de costos que obtienen de vender grandes volúmenes?
¿Qué interés pueden tener los proveedores en que sus contrapartes compradoras disminuyan en número y crezcan en tamaño?
Entonces:
Segunda hipótesis: Los grandes supermercados, ejercen su posición dominante frente a los proveedores, exigiéndoles tales descuentos.
Creo que, la posición dominante que ostentan los supermercados constituidos en grandes poderes compradores, dueños de los principales canales de distribución de productos, permite la imposición a sus proveedores tanto de los precios de compra, como de las condiciones de comercialización (poder de mercado). Chile, es reconocido como el país donde más desarrollo han tenido eficientes formas de cobro: Rappel, remates de góndolas, donación para inauguraciones, devolución de mermas, etcétera, etcétera.
Todo hace suponer que no sólo imponen grandes descuentos para sus voluminosas compras, sino que construyen las escalas de descuento de modo que a los pequeños les sea absolutamente imposible acceder a ellos.
Resumen:
El descuento por volumen es el mecanismo que asegura la concentración económica. En consecuencia, si concluimos que éste es arbitrariamente discriminatorio debe ponérsele atajo, lo mismo si es una imposición desde los poderes compradores a los proveedores.
Anónimo:
Interesantes reflexiones (porque son más de una).
Ciertamente, parece que los descuentos por volumen aumentarían la concentración, sigueidno tu razonamiento.
No concuerdo en que haya discriminación arbitraria en los descuentos por volumen que ofrecen los proveedores. Puede ser una diferencia plenamente justificada. Ahí no veo arbitrio o actuación sin justificación (en este caso, preferir y beneficias a quien me compra mucho).
Aunque tal vez sí concuerde.
Pero, la pregunta que subyace es: debemos proteger a los pequeños compradores y/o proveedores. ¿Ganan algo los consumidores con estas prácticas?
¿Compran a precios más bajos que sin estas prácticas?
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