Termina el año 2008, casi hemos llegado a 50,000 visitas en este , y Libertad y Desarrollo emite un último comentario del proyecto de ley sobre televisión digital (acá, Temas Públicos). En conclusión "El proyecto presentado no avanza en el sentido correcto, fundamentalmente porque no reconoce cabalmente la posibilidad de crear derechos de propiedad de uso del espectro radioeléctrico. Adicionalmente, deja otros temas sin resolver."
El blog de Regcom, el Centro de Regulación y Competencia de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile
31.12.08
Disuasión de entrada vía subastas: ¿Free riding o Colusión?
De ahí el interés en el reciente paper de Gabriel Fernández y Julio Peña, sobre colusión en licitaciones repetidas de cuotas de pesca ("Disuasión de entrada vía subastas: ¿Free riding o Colusión?").
- Este trabajo analiza la ocurrencia de disuasión de entrada, y la posibilidad de colusión entre las firmas incumbentes para lograr tal fin, en la serie de subastas anuales de derechos de pesca para Bacalao de profundidad (Dissostichus Eleginoides), ocurridas en Chile a partir de inicios de los 1990s. En dos de las subastas consideradas se observó intento de entrada, infructuoso en ambos casos, por parte de un nuevo entrante. Se analiza la posibilidad que las firmas ya establecidas hayan usado estrategias no coordinadas de disuasión de entrada, o bien se hayan coludido para lograr dicho objetivo. Para ello se desarrolla un modelo de competencia en dos etapas, distinguiendo entre rivales incumbentes y potenciales entrantes. En la primera etapa se adquieren derechos de pesca vía subasta tipo inglesa, los que en una segunda etapa permiten competir en un mercado Cournot. Se modela la venta secuencial de múltiples derechos de pesca considerando información perfecta entre los participantes en cada subasta. La posible entrada de un nuevo rival se analiza en función del número de rivales ya establecidos, los costos de entrada, las toneladas de pesca en cada derecho subastado y el número de derechos en venta."
Más plazo para observaciones a procedimiento de fusiones
El TDLC anunció que ha ampliado el plazo para formular observaciones y comentarios a a su Proyecto de Auto Acordado sobre la información que debe aportarse en procedimientos no contenciosos de control preventivo de operaciones de concentración.
El plazo se ha ampliado hasta el día 10 de enero. Del 2009.
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29.12.08
Discriminación de Precios sin Poder de Mercado
El CEP nos ofrece otra interesante traducción de un paper, esta vez, de Michael E. Levine, que trata sobre, bueno, la discriminación de precios cuando no hay poder de mercado. En síntesis,
- "Políticos, reguladores y analistas de la legislación antimonopolio han utilizado frecuentemente la presencia de la discriminación de precios como indicador de poder de mercado. Suelen estar motivados por las presiones políticas que ejercen los compradores afectados por el más alto de los precios discriminatorios para que se regule esta situación o se apliquen sanciones antimonopolio en las industrias donde se discriminan precios. La justificación para actuar de esa manera la encuentran en modelos económicos donde se equipara la desviación del costo marginal con el poder de mercado. En el caso inusual de que los costos sean completamente separables, esta postura puede resultar válida. Sin embargo, en la mayoría de los casos los bienes y servicios del mundo real son producidos bajo condiciones en que los costos (hundidos o no), como los de investigación y desarrollo (I + D), publicidad, producción o distribución (como por ejemplo las instalaciones comunes), son compartidos con otros productos. Bajo estas condiciones comunes, las empresas cuya capacidad para generar rentas monopólicas se ve limitada por la competencia adoptarán la discriminación de precios como la estrategia óptima para repartir los costos comunes entre los compradores. Si bien es cierto que lo anterior permite muchas veces aumentar el bienestar (ventaja de la que, según sugiere la tarificación de Ramsey, gozan algunos monopolistas), ello no es evidencia de que el poder unilateral o colusivo afecte la cantidad producida por la industria, condición que constituye la esencia de los conceptos de “poder monopólico” o “poder de mercado”. Una versión de la discriminación de precios también puede emplearse para recuperar los costos hundidos en un ambiente competitivo, aportando así una solución al problema de la “competencia destructiva” que ha proliferado en la economía regulatoria desde fines del siglo 19 hasta las postrimerías del siglo 20. Esta visión de la discriminación de precios sirve, asimismo, para explicar y justificar la práctica de la fijación de precios de red, que ha sido tildada de predatoria. Por cierto que se puede recurrir a la discriminación de precios para facilitar y preservar el poder de mercado. Pero si bien algunos vendedores que discriminan los precios pueden generar rentas monopólicas, esta práctica por sí sola no constituye evidencia de poder de mercado y no debería aducirse para justificar una intervención regulatoria."
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¿Competencia o competitividad?
Carlos Osorio titula así una columna en la que analiza los efectos del rechazo a la fusión de D&S con Falabella por el TDLC y el ingreso de WalMart a Chile. Usando analogías al caso de Fonterra en Nueva Zelandia (creación de un cluster lácteo, que creo fue una excepción autorizada por ley a las normas de libre competencia), concluye que... (continuar acá)
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