- "en general, los recursos bien argumentados de parte de la Fiscalía Nacional Económica no han sido acogidos por parte del TDLC, la FNE ha tenido dificultades para hacer ver sus razones en el Tribunal, que ha sido más receptivo a los puntos de vista empresariales. Ha habido un sesgo más bien a aceptar más los puntos de vista de las personas que han sido acusadas de comportamientos monopólicos que los alegatos de la Fiscalía, no se advierte una defensa irrestricta de la libre competencia, esa es la percepción que me he hecho"
Agrega, que
- "Está todo el tema de las administradoras de fondos previsionales, que se comportan como club, hay una cierta colusión en su funcionamiento. También hay una causa respecto de las isapres; se han concertado para proteger la defensa de sus intereses. Y hay cosas que no tienen que ver con el TDLC, sino que con el modelo de negocios que predomina en nuestro país, que previlegia fuertemente la organización de grandes establecimientos. Todas las relaciones que establecen los supermercados con sus proveedores, por ejemplo, son abusivas. Se les compra a consignación y las pequeñas empresas terminan en el fondo haciéndole crédito a las grandes superficies comerciales y eso también forma parte de un modelo de negocios que es el que abría que modificar. Convengo que eso desborda el ámbito de la Fiscalía y del TDLC, y tiene que ver con mejorar la legislación antimonopolio de nuestro país."
A legislar, entonces.
Contrasta con la rendición de cuentas que hace el presidente del Tribunal.
"[en 2005] más que preocuparnos de sancionar, nos concentramos, en fallos extensos y detallados; en ir creando, en nuestro país, una “cultura de competencia” [lo que] ha permitido al foro entender el firme propósito del Tribunal de elevar la calidad del debate jurídico y económico, en las causas de que ha conocido. Se ha podido apreciar, así, un notable avance en la calidad y estructura de los argumentos planteados y la focalización de los mismos en los temas fundamentales de la libre competencia. Del mismo modo, ha sido significativo el aporte de estudios de los más destacados economistas nacionales en el análisis de los mercados y la presentación e interpretación de los hechos propios de cada causa."
En términos de la robustez de sus decisiones, vala la reflexión que
a pesar de que el Recurso de Reclamación da a la Corte Suprema la aptitud jurídica para revisar todas las cuestiones de hecho y de derecho que se hayan producido en el juicio seguido en esta sede, de una lectura atenta de los fallos es posible colegir que, en general ha concentrado preferentemente su labor en cautelar que no se produzcan infracciones de leyes sustantivas o adjetivas en las sentencias de este Tribunal, respaldando en forma implícita los análisis económicos propios de los diversos mercados y las consideraciones técnicas que éste ha realizado en cumplimiento de su misión.
Bien por la Suprema, entonces.
Y concluye exponiendo que
Al ponerse en marcha el Tribunal, distintos actores económicos y la opinión pública expresaron las expectativas cifradas en el funcionamiento del mismo, teniendo en cuenta que se trata de un elemento clave para el funcionamiento de la economía nacional. Se nos pidió exhibir independencia de cualquier grupo de presión o de interés y transparencia en las acciones del tribunal porque la ciudadanía tiene derecho a conocer una información veraz y oportuna que le permita ejercer sus derechos frente a situaciones que pudieran afectar sus intereses individuales o colectivos.
Creemos haber cumplido a cabalidad con las responsabilidades que se nos entregaron. Nuestros fallos han sido recibidos con respeto y las críticas que, excepcionalmente, se han planteado, dicen relación más bien con un enfoque político de los temas, que con un análisis riguroso de los fundamentos económicos y jurídicos de nuestras decisiones. Especial satisfacción sentimos por la manera como la cátedra ha recibido las resoluciones del tribunal que más allá de las naturales discrepancias, demuestran la seriedad de nuestro trabajo. Con satisfacción debemos señalar que las aprensiones que algunos sectores de opinión manifestaron, en un comienzo, acerca de las posibles presiones que podría sufrir el tribunal, no se han hecho efectivas.
Como sea, con críticas más o críticas menos, el funcionamiento del TDLC es un proceso de aprendizaje, no solo para litigantes y actores de los mercados, sino que para la FNE y para el propio tribunal. Críticos habrá siempre. Pero si comparamos este órgano de la jurisdicción con su antecesor, a más de sus diferencias evidentes, podemos confiar que el trabajo mejorará en cantidad y calidad.
Si tienen críticas, a vertirlas en los comentarios!