9.1.09

El agente provocador y la delación compensada

Una opinión de Gonzalo Medina Sch., a propósito del uso de grabaciones de vídeo, fomentadas por un fiscal del Ministerio Público para la investigación de delitos asociados a al probidad-con un provocador, me pareció pertinente para la discusión que se da respecto de la delación compensada y la posibilidad de que un participante en un cartel aporte pruebas de la condena de un partícipe.
El tema fue tratado en el Informe sobre la reforma al DL 211 que produjo el Colegio de Abogados el año pasado, observándose, además, que el delator pudiera seguir participando en la conducta.

8.1.09

¿Con cuánto se sanciona la colusión entre personas naturales?

Los hechos:

Un requerimiento de la FNE de hace dos años, en contra de una asociación médica de la XII región (AM Patagonia), solicito que se multará a los médicos especialistas integrantes de un cartel con 50 UTA cada uno (50x12x37614), es decir, unos $22,5 millones de pesos (US$ 36 mil, aprox.). El TDLC impuso en su sentencia, a cada uno de los integrantes de cartel, una multa de 15 UTM (15x37614). Es decir, casi US$ 900 dólares.
Finalmente, la Corte Suprema resolvió que la multa correspondiente era de... 1,5 UTM por médico. Total total... casi US$ 90 dólares por médico. Deben ser unas dos horas de consulta médica.
¿Mucho?

7.1.09

¿Puedo excluir un producto de mi tienda?

La pregunta surge por las noticias relativas a una supuesta exclusión de productos procedentes de Cuba, Irán, Venezuela, etc. La noticia ha remecido a los consumidores de mojitos y cubatas, toda vez que saldrían de las góndolas de Líder el ron cubano y venezolano tras el ingreso de Wal-Mart a la propiedad de la cadena supermercadista chilena. Tampoco podrían venderse -en esos supermercados- productos de Irán, Irak, Corea del Norte, Liberia, República Democrática Congo, Costa de Marfil y Sudán.
Una verdadera tragedia, especialmente en época estival.
¿No más Pamperos, Havanas Club, Santa Teresa ni Varaderos?
Ahora bien, sí podré seguir comprando productos sudaneses e iraquíes et al, pero en otros lugares de expendio.
La decisión tendría su origen en normas norteamericanas. Curiosamente, Irak está ocupado (parcialmente) por Comprobar ortografíasoldados norteamericanos, y Liberia es un país creado por ex-esclavos norteamericanos.
La pregunta re-surge además, tras el inminente cambio de grilla programática que haría VTR, cambiando de ubicación ciertos canales de cable, o derechamente, sacándolos. Existe cierta analogía posible con el caso anterior.
Tan es así que un canal presentó una medida precautoria, para que no se cambie a su canal de su ubicación.
Entonces, queda la pregunta si el dueño de un almacén tiene el derecho cambiar la ubicación de los productos de sus góndolas. Digamos, sacar las verduras de la entrada y ponerlas al final. O dejar de vender juguetes bélicos, por ejemplo. O dejar de emitir un programa de televisión que ya no es rentable.