25.7.08

3 años y algunos días

Por estos días, se cumplieron 3 años desde que se inició este blog. Originalmente, era un apoyo del curso que imparto en la Universidad de Chile, pero lentamente ha mutado a un lugar para comentar asuntos de regulación y competencia.
Hace unos días (ayer) este blog superó las 35 mil visitas, lo que es mucho opara un blog tan especializado. Y es mucho si se compara con blogs como Antitrust & Competition Policy Prof. No sólo porque este blog es en español (¡la Raza!), y aquel en inglés; sino porque he tratado, hemos, porque también incluyo a José A Pacheco, Javier Tapia, Gonzalo Guerrero y otros colaboradores, de opinar en estos tópicos, y no sólo reseñar abstracts de artículos.
Algunos datos de interés:
Todavía, más de la mitad de los visitantes provienen de Chile. Seguidos por Perú (lo que me recuerda a mis parientes nacidos en Tacna, cuando chilena, mi gusto por la comida y postres peruanos) y México, Colombia, Venezuela y España. Recién ahí aparece Estados Unidos. De ahí, Argentina, Ecuador y Bolivia.
Gracias al recién instalado Google Analytics (tras hacer adecuaciones al template), me entero que la gente llega acá desde Google, luego, desde Wikiderecho, Orbitando, y blogs como el de mi amiga Marcylor, derechodelacompetencia, concurrences, elrevésdelreino y pumarino.
Y las palabras clave, mmm, buena, regulación lidera el listado. Seguida por "Regulacion y competencia".
Bueno, un año más. Felicidades a los colaboradores, y muchas gracias a los lectores.

22.7.08

Remuneraciones de una Empresa Modelo

El Ministerio de Economía nos entrega un reciente estudio encargado a la GDO Consultores, sobre "Análisis de Costos de Remuneraciones en la Empresa Eficiente sometida a Regulación Tarifaria".
Extenso y sistemático.
Sólo para recordar, el artículo 414 del Código del Trabajo contiene una rara disposición sobre las remuneraciones de las empresas monopólicas, que obliga a usar los niveles de remuneraciones vigentes en el mercado. Aquí va:
  • "En el caso de las empresas monopólicas, calificadas así por la Comisión Resolutiva establecida en el decreto ley Nº 211, de 1973, si la autoridad fijare precios de venta de sus productos o servicios, lo hará considerando como costos las remuneraciones vigentes en el mercado, tomando en cuenta los niveles de especialización y experiencia de los trabajadores en las labores que desempeñan y no aquellas que rijan en la respectiva empresa."

Lo inédito es que es de las pocas disposiciones que se aplican a toda empresa regulada. Y, por cierto, su ubicación.