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23.1.07

certeza (jurídica) y transparencia en libre competencia

Como hemos hecho en otras ocasiones, la transparencia de las decisiones es un importante elemento para saber cómo se comprotarán a futuro los reguladores.
A mayor transparencia en la decisión, mayor predictibilidad.
Por lo mismo, si se hacen públicas las razones de una decisión, no sólo de un tribunal, sino también de la Administración, mejor.
Y eso es justamente lo que está pasando en diversas investigaciones sobre libre competencia. Cumpliendo lo que se había auto-impuesto a fines de 2006 en las Guías Internas de Operaciones de Concentración Horizontal, la Fiscalía Nacional Económica ha comenzado a hacer explícitas sus decisiones de archivar de antecedentes sobre operaciones de concentración, o bien, de proseguir la pesquisa iniciada .
Además, en aplicación de la legislación de procedimiento administrativo, ha comenzado a comunicar la decisión de archivar investigaciones que la FNE realizaba de oficio.
Muy bien!

22.12.06

Engel, sobre Concesiones de Obras Públicas

El Diario Financiero trae hoy una muy buena entrevista a Eduardo Engel sobre los cambios que se propondrán sobre concesiones de obras públicas.

De interés, lo siguiente:
  • En una evaluación que hicimos de la experiencia chilena con concesiones, junto a Ronald Fischer y Alexander Galetovic, concluimos que el mecanismo de solución de controversias que contempla la ley chilena tiene un fuerte sesgo a favor del concesionario, lo cual es malo para el país. Esto subyace a los dos temas que plantea (Bitran). Darle al gobierno la opción de caducar un contrato, previo pago de indemnizaciones establecidas claramente en el contrato original, me parece una buena opción para evitar que el concesionario dilate de manera artificial e injustificada la construcción de una obra. También es importante que las sentencias arbitrales sean públicas y de fácil acceso. Todas las sentencias debieran estar disponibles en Internet. De esta manera, se facilita que la ciudadanía se entere de fallos claramente sesgados a favor de una de las partes y se motiva a los árbitros a ser más cuidadosos.
  • Uno de los principales problemas con las concesiones de infraestructura, a nivel mundial, ha sido el exceso de renegociaciones, las cuales frecuentemente perjudican a los usuarios y los contribuyentes en general. Un excelente libro, de José Luis Guasch, economista de la Universidad de California y del Banco Mundial, está dedicado exclusivamente a este tema. La evidencia que presenta es contundente. Más de la mitad de las concesiones de infraestructura en América Latina fueron renegociadas antes de transcurridos tres años desde la inauguración de la obra. El problema de las renegociaciones es que cuando éstas son frecuentes, la empresa que gana la concesión puede terminar siendo la que tiene menos escrúpulos para renegociar, la que se maneja mejor en el turbio mundo del lobby, la que tiene mejores contactos políticos. Y eso es malo para el país porque la gente paga más de lo necesario por los servicios concesionados y porque se termina desprestigiando la participación privada en la provisión de infraestructura. La idea de las concesiones es que gane la empresa más eficiente, la más competente para construir y gestionar el proyecto. Con renegociaciones recurrentes pueden terminar ganando los apitutados en lugar de los mejores.

Finalmente, opinando sobre si un cambio legal puede alterar la percepción de falta de legitimidad del sistema, afirma

  • Las encuestas de Latinobarómetro lo indican claramente. La participación de la ciudadanía sobre la provisión privada de infraestructura se encuentra cada día más desprestigiada en América Latina, incluyendo Chile. Una manera de revertir esta tendencia es haciéndose cargo de la percepción que existe en la ciudadanía, según la cual cuando hay utilidades se las lleva la empresa; mientras que cuando hay pérdidas, pagamos los usuarios. La manera de revertir esta percepción es evitando al máximo las renegociaciones.

La falta de legitimidad (que puede ser consecuencia de una falta de participación) puede producir situaciones como la "Guerra del Agua" de Bolivia (Cochabamba), o en menor medida, evitar la privatización de las empresas -pienso en las sanitarias chilenas- optando por "segundo mejores" (concesión del derecho de explotación vs. privatización). La mayor participación de la ciudadanía, para los inversionistas, debiera ser una fuente de tranquilidad y certeza en su inversión: existe una menor posibilidad de rebelión, mayor compromiso con el servicio. Esa alianza público-privada, no sólo entre el Estado y la empresa, sino que incluyendo también a los usuarios, aumenta la legitimidad del sistema de concesiones ante la ciudadanía y ante la inversión privada. Así, disminuye el riesgo de la inversión, lo que traerá menores tarifas a los usuarios.

19.12.06

Las Privatizaciones de Pinochet, según Estrategia

El diario Estrategia de hoy trae un breve análisis sobre las privatizaciones hechas entre 1973 y 1990. Es decir, bajo Pinochet.

Estos son los extractos destacados, que incluso denotan reproches a la forma de efectuar la venta de activos públicos:
  • La primera fase privatizadora (criticable por sus consecuencias): "en 1974, las empresas controladas por el Estado sumaban 596, lo que llegó a significar cerca del 40% del PIB ... la década del 70 terminó solamente con 47 empresas públicas ... la modalidad escogida para privatizar, junto a insuficiencias legales y fiscalizadoras, significó una alta concentración de la propiedad en unos pocos conglomerados económicos privados emergentes, lo que más tarde acusó sus consecuencias en la crisis de los años '80. ..De hecho, en casi todos los casos, las empresas y los bancos se vendieron con una cuota al contado no superior al 20% y un crédito de largo plazo proporcionado por la Corfo. ..."
  • La segunda fase privatizadora: Esta fase se desarrolla en la década del 80, y "la Corfo inicia la venta de acciones de sus filiales básicas, con la enajenación del 2,5% de las acciones de Chilectra Metropolitana y Chilectra V Región. La privatización involucró a 15 unidades, entre las que destacaron, además de las dos anteriores, CAP, CTC, Enacar, Ecom, Endesa, Iansa, Enaex, Entel y Soquimich."
  • Resguardos de la segunda fase (la del capitalismo popular): "En esta ocasión se tomaron algunos resguardos para evitar que las empresas fueran controladas por los grandes grupos económicos. Con tal objetivo se estableció que no podían existir accionistas, salvo el Fisco, con más de un 20% de la propiedad; que más de un 50% estuviera suscrito por accionistas minoritarios; que a lo menos un 15% estuvieran suscritas por 100 o más personas no relacionadas con un mínimo de inversión de 100 UF cada una. Además, se permitió a las AFP adquirir hasta un 30% de las acciones. ... y ya en 1989 estaban prácticamente concluidas las principales privatizaciones del país."
  • La falta de transparencia: "En ciertos casos las privatizaciones fueron poco transparentes, pues para algunas empresas se fue modificando sucesivamente el porcentaje a privatizar, con lo cual no todos los inversionistas poseían la información necesaria para determinar si sería el sector público o el privado quien finalmente tendría el control mayoritario de la sociedad."
  • El balance Estratégico: "Con todo, el proceso de las privatizaciones significó que las empresas buscarán aumentar la productividad y se dedicasen a crear valor en los segmentos donde eran más eficientes, con lo que el proceso se tradujo en un ahorro importante de fondos y en la asignación eficiente de recursos, contribuyendo al crecimiento y desarrollo económico."

Falta de transparencia, concentración de la propiedad, aumentos en la productividad. Partiendo de ese punto, estamos de acuerdo.

4.12.06

Derecho público, regulación y competencia

Cada año -y desde 1961, si bien con una interrupción entre los años 67 a 76- se realizan en alguna ciudad de Chile las Jornadas de Derecho Público.
Con el mayor desarrollo del derecho administrativo que ha tenido Chile en la última década, éstas son más atractivas, para los temas de regulación y competencia de este blog.
Afortunadamente, algunas ponencias de las últimas Jornadas, que se realizaron en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, pueden encontrarse en la red.
De interés para el lector pueden ser la ponencia de Eugenio Evans , sobre derecho administrativo sancionador y jurisprudencia del Tribunal Constitucional; y la de Juan Carlos Flores, sobre los límites constitucionales a la potestad normativa de la Administración.
En materia de los principios de publicidad y transparencia, se presentaron diversas ponencias, de interés.
- sobre el alcance del fallo "Marcel Claude v. Chile", resuelto este año por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, comentado por Tomás Vial Solar.
- sobre el acceso a la información pública, de Luis Cordero Vega.
- sobre el principio de publicidad ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, de Rodrigo Aros C.
Entre muchas otras...

13.6.06

2 años de funcionamiento del TDLC

En mayo pasado se cumplieron dos años del funcionamiento del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).
¿Tiempo suficiente para hacer una evaluación de su desempeño? Si.
La prensa nos trae algunos comentarios miembros del Senado y la Cámara. Y hace un mes el Presidente del TDLC dio cuenta pública del Tribunal que preside.
Antes, un comentario favorable, ex ante.
En materia de transparencia (que es uno de los criterios para evaluar la gobernanza regulatoria), se observa una saludable tendencia a divulgar no sólo fallos por Internet, sino que las resoluciones intermedias. Y hace unas semanas, se puede encontrar -y descargar- no sólo los informes de la Fiscalía Nacional Económica, sino que las presentaciones de las partes o interesados. (Curiosamente, el sitio web del TDLC ha cambiado en los últimos días).
(para ver un buen análisis del desempeño, recomiendo Estrategia)
Pasemos a los detractores y a los panegíricos, aunque señalemos que se ha anunciado una reciente reforma al DL 211.
Se critica la autorización de la fusión de dos empresas de televición por cable, Metrópolis y VTR. "Partió muy mal", sentencia el Senador Ominami.
y sigue:
  • "en general, los recursos bien argumentados de parte de la Fiscalía Nacional Económica no han sido acogidos por parte del TDLC, la FNE ha tenido dificultades para hacer ver sus razones en el Tribunal, que ha sido más receptivo a los puntos de vista empresariales. Ha habido un sesgo más bien a aceptar más los puntos de vista de las personas que han sido acusadas de comportamientos monopólicos que los alegatos de la Fiscalía, no se advierte una defensa irrestricta de la libre competencia, esa es la percepción que me he hecho"

Agrega, que

  • "Está todo el tema de las administradoras de fondos previsionales, que se comportan como club, hay una cierta colusión en su funcionamiento. También hay una causa respecto de las isapres; se han concertado para proteger la defensa de sus intereses. Y hay cosas que no tienen que ver con el TDLC, sino que con el modelo de negocios que predomina en nuestro país, que previlegia fuertemente la organización de grandes establecimientos. Todas las relaciones que establecen los supermercados con sus proveedores, por ejemplo, son abusivas. Se les compra a consignación y las pequeñas empresas terminan en el fondo haciéndole crédito a las grandes superficies comerciales y eso también forma parte de un modelo de negocios que es el que abría que modificar. Convengo que eso desborda el ámbito de la Fiscalía y del TDLC, y tiene que ver con mejorar la legislación antimonopolio de nuestro país."

A legislar, entonces.

Contrasta con la rendición de cuentas que hace el presidente del Tribunal.

"[en 2005] más que preocuparnos de sancionar, nos concentramos, en fallos extensos y detallados; en ir creando, en nuestro país, una “cultura de competencia” [lo que] ha permitido al foro entender el firme propósito del Tribunal de elevar la calidad del debate jurídico y económico, en las causas de que ha conocido. Se ha podido apreciar, así, un notable avance en la calidad y estructura de los argumentos planteados y la focalización de los mismos en los temas fundamentales de la libre competencia. Del mismo modo, ha sido significativo el aporte de estudios de los más destacados economistas nacionales en el análisis de los mercados y la presentación e interpretación de los hechos propios de cada causa."

En términos de la robustez de sus decisiones, vala la reflexión que

a pesar de que el Recurso de Reclamación da a la Corte Suprema la aptitud jurídica para revisar todas las cuestiones de hecho y de derecho que se hayan producido en el juicio seguido en esta sede, de una lectura atenta de los fallos es posible colegir que, en general ha concentrado preferentemente su labor en cautelar que no se produzcan infracciones de leyes sustantivas o adjetivas en las sentencias de este Tribunal, respaldando en forma implícita los análisis económicos propios de los diversos mercados y las consideraciones técnicas que éste ha realizado en cumplimiento de su misión.

Bien por la Suprema, entonces.

Y concluye exponiendo que

Al ponerse en marcha el Tribunal, distintos actores económicos y la opinión pública expresaron las expectativas cifradas en el funcionamiento del mismo, teniendo en cuenta que se trata de un elemento clave para el funcionamiento de la economía nacional. Se nos pidió exhibir independencia de cualquier grupo de presión o de interés y transparencia en las acciones del tribunal porque la ciudadanía tiene derecho a conocer una información veraz y oportuna que le permita ejercer sus derechos frente a situaciones que pudieran afectar sus intereses individuales o colectivos.


Creemos haber cumplido a cabalidad con las responsabilidades que se nos entregaron. Nuestros fallos han sido recibidos con respeto y las críticas que, excepcionalmente, se han planteado, dicen relación más bien con un enfoque político de los temas, que con un análisis riguroso de los fundamentos económicos y jurídicos de nuestras decisiones. Especial satisfacción sentimos por la manera como la cátedra ha recibido las resoluciones del tribunal que más allá de las naturales discrepancias, demuestran la seriedad de nuestro trabajo. Con satisfacción debemos señalar que las aprensiones que algunos sectores de opinión manifestaron, en un comienzo, acerca de las posibles presiones que podría sufrir el tribunal, no se han hecho efectivas.

Como sea, con críticas más o críticas menos, el funcionamiento del TDLC es un proceso de aprendizaje, no solo para litigantes y actores de los mercados, sino que para la FNE y para el propio tribunal. Críticos habrá siempre. Pero si comparamos este órgano de la jurisdicción con su antecesor, a más de sus diferencias evidentes, podemos confiar que el trabajo mejorará en cantidad y calidad.

Si tienen críticas, a vertirlas en los comentarios!