22.1.09

Lan Cargo llega a acuerdo con el DoJ por colusión en transporte aéreo de carga

La noticia, que hoy fue difundida en los diarios, es que Lan Cargo -y Aerolíneas Brasileras, empresa controlada por aquella, pagaron una multa de 109 millones de dólares ante la acusación del Departamento de Justicia de Estados Unidos de América de colusión, con otras empresas de transporte aéreo, para subir los precios del transporte de carga desde y hacia Estados Unidos.
El comunicado de prensa del DOJ señala que "LAN Cargo and ABSA are charged with engaging in the conspiracy from in or about February 2003 and continuing until at least Feb. 14, 2006. "
Como se puede ver, para la ley chilena, la conducta estaría prescrita.

10 comentarios:

Anónimo dijo...

Esto traerá cola política por estos lados,
saludos

Anónimo dijo...

No conozco el caso y tampoco la legislación chilena, pero al menos en Argentina los carteles son considerados ilícitos de tipo continuado, por lo que se toma su fecha de finalización a los fines de la determinación de prescripción de la acción. Saludos.

Jorge A. Gómez Arismendi dijo...

Probablemente, aún cuando en la legislación chilena tal conducta estaría prescrita, no será vista con buenos ojos.

Saludos

Francisco Agüero dijo...

La "cola" política (el efecto) fue la siguiente:

http://www.cambio21.cl/noticia.php?noticia_id=10777&categoria_id=54

matiasrcv dijo...

y bueno hacer la relación con la sentencia del TDLC de la FNE y la JAD http://www.tdlc.cl/DocumentosMultiples/Sentencia_81_2009.pdf

matiasrcv dijo...

aqui una entrevista al secretario abogado del TDLC sobre el tema http://www.cnnchile.com/economia/2009/01/26/por-que-multaron-a-lancargo/

Francisco Agüero dijo...

Muchas gracias por los comentarios. Buena entrevista!

matiasrcv dijo...

y prometo que es la ultima vez que molesto en este post, aqui va la informacion final entregada por la Corte de Columbia
http://www.usdoj.gov/atr/cases/f241700/241783.htm

Francisco Agüero dijo...

Muy interesante. Detalla la poca información que existe sobre el asunto.

Francisco Agüero dijo...

Precisión: la prescripción sería sólo de las normas de defensa de la competencia.