De las novedades legislativas del 2008, hay una que no ha despertado el interés que debiera. Es el proyecto de ley que "fija normas especiales para las empresas de menor tamaño" (Boletín 5724-26). Este proyecto de ley establece una suerte de "Estatuto de la PYME", y contiene planteos notables en lo que se ha dado por llamar mejora regulatoria (regulatory reform). El alcance de algunas normas es general, es decir, no sólo para las "empresas de menor tamaño", por lo que sus consecuencias favorecen a todos.
Quisiera partir destacando que se incorpora un criterio para dar transparencia y predictibilidad a las sanciones que pueden imponerse por la infracción, así como determinar, previamente, lso criterios de inspección de la Administración Fiscalizadora ("procesos de fiscalización"). Es decir, una vieja aspiración: si incumplo un deber jurídico que fiscalzia la Administración, ¿me arriesgo al máximo permitido? Pues con la reforma, sabremos mejor que consecuencias tiene la infracción. El alcance general, debe destacarse.
Reza el Mensaje:
- " Sobre la Fiscalización y Aplicación de Sanciones.
En materia de fiscalización y aplicación de sanciones por las infracciones que se presentan en las empresas es posible también avanzar en criterios que se adecuen a la realidad de las empresas de menor tamaño. La multifuncionalidad de los pequeños emprendedores, su experticia en los temas productivos y muchas veces ignorancia en las materias normativas, obligan a revisar y transparentar los procesos de fiscalización y adecuar las multas al tamaño de la empresa.
Los organismos fiscalizadores han avanzado notablemente en la eficacia del cumplimiento de sus funciones, pero sin embargo el avance es menor en los componentes educacionales de la tarea fiscalizadora. Ciertamente que las sanciones que se aplican obedecen a infracciones detectadas, pero ellas deben orientarse a estimular el cumplimiento conciente de las normas, y no sólo al temor de ser objeto de una nueva sanción. Normalmente, las multas o sanciones que las leyes establecen para una infracción tienen un monto mínimo y uno máximo, dentro de cuyos valores el fiscalizador selecciona el monto de la multa o sanción a aplicar. Los criterios que llevan a éste a determinarlo no están definidos públicamente y son ignorados por el afectado. Existen avances, particularmente en materia laboral y sanitaria, pero el gobierno está resuelto a avanzar aún más. "
La propuesta legal es simple y de alcance general, es la siguiente:
- "ARTÍCULO CUARTO.- Transparencia en Procedimientos de Fiscalización. Los Servicios Públicos que realicen procedimientos de fiscalización a empresas de menor tamaño, deberán mantener publicados en sus sitios web institucionales, y disponibles al público en sus oficinas de atención ciudadana, los manuales o resoluciones de carácter interno en los que consten las instrucciones relativas a los procedimientos de fiscalización establecidos para el cumplimiento de su función, así como los criterios establecidos por la autoridad correspondiente que guían a sus funcionarios y fiscalizadores en los actos de inspección y de aplicación de multas y sanciones."
Por sencilla y por su alcance, aplaudo la propuesta. Ojalá se apruebe rápido. Imagine: Todo servicio público, todo, deberá hacer explícitos y públicos los criterios que ocupa respecto de la inspección y de la aplicación de multas y sanciones. Simple, pero genial.
1 comentario:
Bueno, trabajo en el equipo legislativo que esta por el ejecutivo en este proyecto, en lo que va corrido del año y despues de varias sesiones de aburridas audiencias públicas te puedo contar que recién llevamos 6 artículo aprobados y ninguno de ellos dice relación con mejoras regulatorias.
Comparto la opinión en cuanto a la potencia del proyecto, por lo mismo creo que sería interesante conversar sobre su contenido.
Buen Blog.
Saludos.
Danielle Zaror.
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