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21.11.07

¿Contratos intangibles?

Un reciente artículo de Joel González Castillo pone en el tapete -o en la discusion- el tema de la intangibilidad de los contratos, a propósito de dos (realmente, son tres) sentencias del Tribunal Constitucional (que reseñamos acá), sobre el argumento de derechos de propiedad respecto de contratos.

  • El presente artículo analiza dos recientes sentencias del Tribunal Constitucional en que se alegaba la vulneración del derecho de propiedad entre otros aspectos. Es una aproximación interdisciplinaria, civil y constitucional, a tan trascendental derecho y a otros aspectos de la mayor relevancia como la intangibilidad de los contratos frente al legislador, la esencia de los derechos, la propiedad sobre cosas incorporales, la irretroactividad de la ley y el enriquecimiento sin causa.

Discrepamos del análisis que se hace. De partida, para el caso de la transmisión eléctrica, se omite la situación de servicio público de la actividad de transmisión (actividad reguladada por razones de utilidad pública, entre otras cosas), así como normas expresas sobre retroactividad de la ley en materia de servidumbres -como era el caso en materia de transmisión eléctrica.

Y claro, no se alude suficientemente a la discusión más importante que se dio en el TC, sobre la expropiación regulatoria. Sobre la cual puede leerse algo en este artículo de uno de los ayudantes del curso de RSP, JL Corvalán.

28.3.07

Servicio público y "expropiaciones regulatorias"

Un par de recientes decisiones del Tribunal Constitucional chileno se han hecho cargo de un problema severo que aflige (¿afligía?) a la regulación económica. El problema era los cambios de regulación -por ley o reglamentaciones- y cómo éstos pueden afectar contratos válidamente celebrados.
A propósito de dos requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 3° transitorio de la Ley 19940 -"Ley Corta I"- y presentados por empresas eléctricas, el TC emitió una relevante decisión que resolvió un tópico que rondó la cabeza de quienes participamos en la preparación de esa ley, que incluyó la declaración por ley de una actividad económica -la transmisión troncal y subtransmisión de electricidad- como servicio público y el sometimiento de esas actividades a nuevas regulaciones, que entre otros, impusieron una regulación sobre precios y desarrollo de la actividad.
En su sentencia (STC roles 505 y 506), el TC incluso se atreve a inmiscuirse en las expropiaciones regulatorias, regulación vs. limitación del dominio, servicio público y actividades de utilida pública, etc.
En términos sencillos, el Tribunal responde la pregunta si puede alterarse un contrato que tenía una vigencia de 20 años, en especial, en lo que atañe al precio pactado.
Altamente recomendable (y que comentaremos en clase)