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29.9.09

Auto Acordado sobre Registro de Audio de Actuaciones Probatorias

Fruto de la reforma de la ley 20361, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ahora puede registrar las audiencias usando archivos de audio, en vez del lento y tedioso sistema de receptores que teclean preguntas y respuestas.
La nueva disposición legal ha originado un nuevo auto acordado del TDLC, sobre registro de actuaciones probatorias por medio de grabación de sonido y su posterior transcripción.

8.6.09

R. Paredes y C. Agostini en PolíticaStereo

Interesante debate en Política Stereo entre Ricardo Paredes y Claudio Agostini. "Prueba blanda" y "prueba dura" de la colusión. Penalización del cartel et al.

[Agradecimientos: Daniel López.]

3.4.09

Carteles y clemencia: S. Montt

Santiago Montt, opina sobre los carteles y la llamada "leniency" o clemencia, en materia de carteles. En pocas palabras, aporta nuevos elementos al debate.
[agradecimientos: Jorge Grunberg]

2.4.09

Farmacias: el pago social, la verdad procesal...

Uniéndome a las felicitaciones al nuevo ministro del Tribunal Constitucional, Carlos Carmona, y siguiendo con la serie-en-capítulos, hoy el TDLC resolvió que las partes que proponen el arreglo a una "conciliación antimonopólica" deben aclarar algunos puntos (en una nueva audiencia), como el tema de la (multa): pago a beneficio social. Pero, reconocen su valor, como medio para alcanzar una verdad procesal. Primera valla, vaya, ¡ya superada!
¡Esto sigue Señores!

1.4.09

¿Acuerdo anómalo? "No" D. Valdés

Continuando con la telenovela de la "colusión de las farmacias", FASA presentó ante el TDLC un informe en derecho (dictamen) de Domingo Valdés Prieto, avalando la posición de la conciliación entre la FNE y la cadena farmacéutica. Buen análisis. [En La Tercera de hoy, también hay una breve opinión del procesalista Raúl Tavolari, sobre el particular, sin link].

22.3.09

"Legitimación de los intervinientes de un procedimiento no contencioso para recurrir ante la Corte Suprema. ¿Un problema zanjado?"

Benjamín Mordoj, abogado de FerradaNehme, se pregunta respecto a la la legitimidad de los intervinientes de un procedimiento no contencioso para recurrir a la Corte Suprema: Mordoj se pregunta lo siguiente: "¿Puede un interviniente, distinto al consultante, interponer un recurso de reclamación en contra de una resolución del TDLC dictada en el marco de un procedimiento no contencioso?".

La respuesta resulta fundamental, aunque pueda ser inusual en otros países que terceros ajenos a un proceso de fusión puedan reclamar de la aprobación (o rechazo) y condiciones que se impongan por las autoridades de competencia. Y que este rechazo lo conozca la Corte Suprema.

A los lectores de la columna de Mordoj, les podemos adelantar que la posibilidad de presentar una reclamación a un informe del TDLC fue recientemente resuelta por este Tribunal, el que resolvió el pasado 17 de marzo que dicho recurso era improcedente. No así, el caso de los recursos de reposición respecto de esos informes. Ambas resoluciones fueron emitidas en el marco del informe emitido por el TDLC en materia de calificación de las condiciones de competencia en el mercado de las telecomunicaciones.