21.8.06

ENAP: ¿rol subsidiario o empresario?

En los últimos meses se ha apreciado una tendencia a que dos empresas públicas chilenas (ENAP, ligada a los hidrocarburos, y CODELCO, al cobre) adopten un comportamiento activo en materia de generación de energía, liderando sendos proyectos de terminales de regasificación de GNL (gas natural licuado) en Chile.
Adicionalmente, ENAP estudia una central de cogeneración eléctrica asociada al terminal de regasificación que construye en Quintero.
Por estos días, se puede leer en Temas Públicos de Libertad y Desarrollo tres razones extrajurídicas a tener en cuenta a la hora de fomentar el mayor emprendimiento estatal en la economía.

Interesante.
No está de más recordar que...

1) El rol de aval implícito del Estado, el cual surge de que para las empresas privadas contar con un socio estatal siempre constituye una ventaja relativa respecto de una situación sin un socio estatal, por cuanto ante situaciones adversas existe una mayor probabilidad de apoyo estatal que sin este socio estratégico.

(2) Incentivos contrapuestos entre política y maximización de utilidades, especialmente en períodos preelectorales, donde surgen con mayor facilidad fondos de estabilización, subsidios, entre otros.

(3) Falta de accountability, ya que al minimizarse la presencia de un dueño privado hay un menor control de la eficiente utilización de los recursos.

Fuente: http://164.77.202.58/LYD/Controls/Neochannels/Neo_CH3747/deploy/TP-ENAP-2006-2.1%20Asch.%20LL.pdf

18.8.06

Curso Regulación > Ensayos 13092006

Alumnos,

Para el ensayo, que equivale al primer control, deben escoger uno de los siguientes temas:

1. "La concesión de servicio público es un concepto dúctil, por lo que su reemplazo es aconsejable por otro". Haga propuestas.

2. "La regulación legal o reglamentaria puede crear monopolios indeseables e innecesarios". Discuta y analice críticamente el aserto.

Las instrucciones y criterios para la evaluación del ensayo han sido enviados por correo electrónico.

FA

11.8.06

Regulando la calidad de un bien

¿Cómo tenemos certeza de que un bien que adquirimos es de la calidad que esperamos?

Muchas veces la calidad del bien que adquirimos es una “mera expectativa” , o bien, lo podemos saber largo tiempo después de haberlos comenzado a consumir.

Pensemos en la educación, como un bien que implica ingresar a un “camino” por varios años. Entonces, ocurre que muchas veces tomamos decisiones con poca o mala información. Y en algunos casos, esas decisiones pueden ser erradas, o muy costosas. Es lo que se ha denominado “asimetrías de información”:

El principal problema que enfrentan los consumidores es aquel de la `calidad oculta': los productores y vendedores típicamente saben más sobre los productos que los compradores el concepto económico correspondiente es aquel de “asimetrías de información'”, por lo que frecuentemente los últimos reciben productos de calidad inferior a la esperada.

Casos extremos de problemas de calidad oculta son una cocina cuyo quemador se derrite a la semana de uso, una escalera de la cual se cae el usuario debido a un diseño defectuoso, un médico que opera la cadera equivocada de un paciente y un contratista que se demora mucho más de lo convenido.[1]

Para el caso de los llamados “bienes de confianza”, puede que sepamos la calidad ocasionalmente, o sólo en caso de catástrofes (la calidad de una vivienda frente a un terremoto o una inundación). Otro ejemplo: la educación universitaria.

Agrega Eduardo Engel,

El test de mercado no bastará para asegurar niveles de calidad y seguridad adecuados en la provisión de bienes de confianza, pues el mayor costo que enfrenta el productor de un bien de calidad dudosa es la quiebra y esta puede no ser castigo suficiente para impedir prácticas comerciales engañosas.[2]

Una solución o remedio a este problema puede ser certificar la calidad, o bien, establecer mecanismos de acreditación, públicos o privados.

En materia educacional, está (casi) aprobado el proyecto de ley que establece un mecanismo de acreditación.[3] Este mecanismo buscaba, principalmente, certificar la calidad.

Una solución privada al problema (mercado) sería una acreditación voluntaria ante entes certificadores. Esto es, espontáneamente debieran aparecer “certificadores” que nos permitan comparar la calidad de las carreras y universidades. Y así, habrá mejores y peores acreditadotes. El acreditador tiene su prestigio y evita ser corrompido. Pensemos, por ejemplo, en las publicaciones sobre la calidad de las universidades que hacen medios chilenos o extranjeros (The Guardian).

Una solución pública podría ser un ente único de certificación de calidad: una administración independiente, de carácter monopólico. Así, es válido argumentar que si una universidad recibe fondos públicos, la calidad que entrega como producto debiera ser de cierto nivel mínimo, haciéndose uso eficiente de los recursos más escasos. Por ejemplo, ¿asignando los fondos donde la calidad es mejor (mínima)?

La información que se requiere es aquella que permita elegir correctamente, es decir, que verifique si las características que dice tener la institución de educación superior – infraestructura, tipo y número de docentes, programas de estudio, logros de sus egresados en las distintas áreas, entre otras- son verdaderas o no.[4]

Otras preguntas que aparecen, son: ¿debe ser obligatoria la acreditación?, ¿qué ocurre si no me acredito?, ¿pierdo la autorización?

La certificación también puede usarse respecto a ciertos trabajadores especializados (instaladores eléctricos o de gas). Pensemos, también, en los médicos, abogados, y otras profesiones dónde un error cuesta caro.

La propuesta de ley evidenciaba el nuevo rol regulador del estado:

El Estado no puede dejar de lado el rol que le corresponde con relación a la regulación de la calidad de la educación superior y la garantía de la fe pública depositada en las instituciones que la ofrecen. Pero el concepto moderno de regulación no es sólo supervisión y control, sino que incluye, como un componente esencial, estrategias destinadas a mejorar y promover la calidad.

Entonces, se propuso crear un regulador de la calidad... y se aprobó la ley.


[1] Eduardo Engel “Protección de los Consumidores en Chile: ¿Por qué tan poco y tan tarde?”, Centro de Economía Aplicada, Serie Economía, N°35, Julio de 1998. Disponible en: CEA DII Uchile
[2] Engel, Idem.
[3] Mensaje de S.E. el Presidente de la Republica con el que se Inicia un Proyecto de Ley que Establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Disponible en: http://alegislativo.bcn.cl/alegislativo/site/pry/fset1_3224-04.html
[4] Instituto Libertad y Desarrollo “Monopolio en Acreditación de Educación Superior”. http://www.lyd.com/biblioteca/pdf/645monopolio.pdf

7.8.06

Curso Regulación U. de Chile > Lecturas

Las lecturas a controlar en el curso de "Regulación de Servicios Públicos", son las siguientes:
Tres de los artículos -gentileza del Centro de Estudios Públicos y de la Biblioteca del Congreso Nacional chilena- se pueden descargar gratuitamente, desde los links que se indican, salvo el de Lasheras.

31.7.06

sentencia constitucional sobre derecho administrativo sancionador

El pasado viernes el Tribunal Constitucional chileno publicó una relevante sentencia sobre derecho administrativo sancionador de un regulador sectorial.
En el fallo Energía Ibener -empresa eléctrica de generación- se analiza profundamente el principio de legalidad y tipicidad que se le impone al derecho administrativo sancionador, estudiándose cuanta "colaboración" puede haber de normas reglamentarias con la ley.
El fallo es unánime, y rechaza la inaplicabilidad de normas de la Ley Eléctrica y de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) para una reclamación de la empresa Ibener respecto de una multa impuesta con ocasión de un black-out (apagón generalizado del sistema eléctrico).
No obstante la unanimidad, se emiten diversas prevenciones de 6 de los ministros del Tribunal, que son de alto interés.
Así, finalmente, tenemos un precedente constitucional reciente sobre las potestades sancionadoras de la Administración en sectores regulados, como el de la energía.