18.7.08

¿Juzgar por tincadas?

La intuición es la facultad de comprender las cosas instantáneamente, sin necesidad de razonamiento. Es decir, casi una tincada.
Hoy, El Mercurio editorializa sobre la Real protección de la competencia. Y discurre sobre las facultades de la FNE y, opina sobre los recientes fallos del TDLC, tanto en aspectos contenciosos (vg., "Guerra de los Plasmas") como en asuntos "no contenciosos" (vg fusión DyS/Falabella). Juzgue el lector:
  • "Una explicación posible para el componente intuitivo de los últimos fallos es que ello obedecería a que el sistema de protección de la competencia no posee los instrumentos legales que permitan verificar lo que intuyen."

Claro que El Decano, como remedio a la "intuición" propone "aprobar cambios a la Ley de Competencia que dieran mayores facultades de investigación a la FNE e incluyeran la posibilidad de arrepentimiento eficaz. Eso podría permitir que los fallos del TDLC estuvieran fundados en argumentos técnicamente muy rigurosos, a diferencia de la situación actual."

Sin que el remedio sea peor que la enfermedad [y que ya hemos comentado, respecto del insuficiente control de las facultades intrusivas que se proponen], la solución propuesta es limitada a los asuntos sancionatorios, y no así a consultas de fusiones, informes a reguladores . En esos casos, mayores facultades no garantizan el resultado "buscado". Ciertamente, los casos de consulta muchas veces exigen un trabajo predictivo del TDLC (así como los informes de la FNE), que implica la evaluación de riesgos futuros en base a hechos / información de hoy y ayer.

En esas situaciones, más que mayores facultades, una bola de cristal puede ser útil.

15.7.08

Valente / Ferrada / Esponda

A veces se nos "pasan" cosas.
Como un debate sobre competencia y concentración, que nace con una columna de opinión de José Ramón Valente, de Econsult, en La Segunda, titulada "Libre Competencia y Derechos Constitucionales".
En la opinión, JR Valente, señala que
  • "El caso D&S/Falabella, con independencia de la opinión que cada uno tenga, significó en la práctica una pérdida de valor de las acciones, y con ello una pérdida para los accionistas a favor de la libre competencia futura que se estima superior a 1.000 millones de dólares. La Constitución y la Ley Orgánica de Expropiaciones se fundaron sobre la idea de que el sacrificio del bienestar individual para satisfacer el bienestar común es ilegitimo sin previa indemnización, de manera que el bien común lo financie la comunidad en general y no el sacrificio individual. Este concepto, sin embargo, parece no tener aplicación tampoco en materias de libre competencia."

[Claro, los accionistas tenían una "mera expectativa" al éxito de la autorización ante el TDLC. Ciertamente, no tenían un "derecho adquirido" a la aprobación. Porque, con tal argumentación, cualquier autorización denegada por la Administración o un Tribunal, debiera originar demandas que exijan la reparación de esta "pérdida" patrimonial. Enfin...]

Lo interesante es que, en este país de poco debate, hayan habido respuestas.
Y no menores. Una, de Rodrigo Ferrada, socio de FerradaNehme, estudio de gran dedicación por asuntos de competencia. Y, también por Jaime Esponda, ex abogado Jefe del Depto.Legal de la FNE.

10.7.08

2 de Biocombustibles

El Mercurio editorializa hoy sobre los biocombustibles en Chile. E, incluso, se manifiesta en contra de eliminar impuestos a los combustibles fósiles (ya que así se grava la externalidad que causan: la contaminación, el cambio climático, etc.).
Fuerte opinión: "El alto precio del petróleo está dando las señales adecuadas y los incentivos necesarios para que los agentes económicos destinen esfuerzos y recursos a su sustitución. Por eso, es un error intentar bajar su precio mediante subsidios, pues éstos recubren de opacidad las señales de precio que el mercado requiere para operar apropiadamente. Tampoco es correcto eliminar los impuestos específicos que lo gravan, pues éstos se fundan en la necesidad de internalizar los costos de las externalidades de contaminación y congestión que provoca su uso."

[Y que sería del gusto de Greg Mankiw]

La otra información, es el "recién-salido-del-horno" Informe Gallagher (no, no es por Noel de Oasis, sino que por Ed), sino que The Gallagher Review of the indirect effects of biofuels production, de la Agencia de combustibles renovables (Inglaterra).

Breyer: revisión judicial de asuntos complejos

La última edición de la revista Estudios Públicos trae (como lo ha hecho otras veces) un interesante artículo de Stephen Breyer, Juez de la Corte Suprema de EE.UU, llamado "Razonamiento Económico y Revisión Judicial".
El artículo es una traducción de una conferencia hecha por Breyer el año 2003, en el marco del AEI-Brookings Center de Regulación, y que fuera publicada el año 2004 [descarga acá el texto en inglés].

8.7.08

Agua y Corrupción

La ONG Transparency International ha publicado su Informe Global de la Corrupción 2008, que este año está dedicado a la Corrupción en el sector del agua. Una sana combinación de transparencia, probidad y servicios públicos regulados.
¡Muy Sólido!
Digo, ¡líquido!